viernes, 25 de septiembre de 2020

 

DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO



En este siglo XXI se esta volviendo más frecuentes en nuestro país los matrimonios y divorcios internacionales, adopciones internacionales, sucesiones internacionales, contratación internacional, comercio jurídico internacional por Internet , concentraciones internacionales de empresas, arbitraje internacional, contratos de trabajo con extranjeros, protección internacional del medio ambiente, marcas y patentes internacionales, entre otros. Por ese motivo todo profesional del Derecho, abogado o cualquier operador jurídico debe afrontar y saber resolver temas y litigios de carácter “internacional”.

La gran importancia que representa esta carrera en la actualidad es sumamente notoria en el contexto internacional, brinda ayuda en las relaciones jurídicas privadas internacionales que llevan a cabo personas de diferentes nacionalidades al celebrar actos o negocios jurídicos que los vincula con algún elemento de extranjería; convirtiendo así la relación jurídica privada de carácter extra nacional. Su único objetivo es determinar cuál es la jurisdicción competente o la ley aplicable en caso de concurrencia simultanea de dos o más jurisdicciones o de dos o más leyes, en el espacio, que reclaman su observancia.

El autor del Código de Derecho Internacional Privado, fue Bustamante un ilustre jurista cubano, se dio en la VI Conferencia Panamericana reunida en la Habana, en 1928, da la siguiente definición: “El Derecho internacional privado es el conjunto de principios que determinan los límites en el espacio de la competencia legislativa de los estados, cuando ha de aplicarse a relaciones jurídicas que pueden estar sometidas a más de una legislación”.


Referencias:

Torres,A.,(2019). Introducción al Derecho,Lima,Perú:Instituto Pacifico. 

















martes, 22 de septiembre de 2020


DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO: 


Un profesional del Derecho del siglo XXI no puede limitar su actividad a los casos meramente internos o “estrictamente nacionales”. Tarde o temprano, todo abogado o cualquier operador jurídico debe afrontar y saber resolver temas y litigios de carácter “internacional”. En el Perú, cada vez son más frecuentes los matrimonios y divorcios internacionales, adopciones internacionales, sucesiones internacionales, contratación internacional, comercio jurídico internacional por Internet (e-Business), concentraciones internacionales de empresas, arbitraje internacional, contratos de trabajo con extranjeros, protección internacional del medio ambiente, marcas y patentes internacionales, entre otros.

El Derecho Internacional Privado es la rama del derecho cuyo objetivo es determinar cuál es la jurisdicción competente o la ley aplicable en caso de concurrencia simultanea de dos o más jurisdicciones o de dos o más leyes, en el espacio, que reclaman su observancia.

Bustamante, el ilustre jurista cubano, autor del Código de Derecho Internacional Privado, sanciones en la VI Conferencia Panamericana reunida en la Habana, en 1928, da la siguiente definición: “El Derecho internacional privado es el conjunto de principios que determinan los límites en el espacio de la competencia legislativa de los estados, cuando ha de aplicarse a relaciones jurídicas que pueden estar sometidas a más de una legislación”

Fuente: http: //facultad.pucp.edu.pe





  DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO En este siglo XXI se esta volviendo más frecuentes en nuestro país los matrimonios y divorcios internacional...