DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO:
Un profesional del Derecho del siglo XXI no puede limitar su actividad a los casos meramente internos o “estrictamente nacionales”. Tarde o temprano, todo abogado o cualquier operador jurídico debe afrontar y saber resolver temas y litigios de carácter “internacional”. En el Perú, cada vez son más frecuentes los matrimonios y divorcios internacionales, adopciones internacionales, sucesiones internacionales, contratación internacional, comercio jurídico internacional por Internet (e-Business), concentraciones internacionales de empresas, arbitraje internacional, contratos de trabajo con extranjeros, protección internacional del medio ambiente, marcas y patentes internacionales, entre otros.
El Derecho Internacional Privado es la rama del derecho cuyo objetivo es determinar cuál es la jurisdicción competente o la ley aplicable en caso de concurrencia simultanea de dos o más jurisdicciones o de dos o más leyes, en el espacio, que reclaman su observancia.
Bustamante, el ilustre jurista cubano, autor del Código de Derecho Internacional Privado, sanciones en la VI Conferencia Panamericana reunida en la Habana, en 1928, da la siguiente definición: “El Derecho internacional privado es el conjunto de principios que determinan los límites en el espacio de la competencia legislativa de los estados, cuando ha de aplicarse a relaciones jurídicas que pueden estar sometidas a más de una legislación”
El Derecho Internacional Privado es la rama del derecho cuyo objetivo es determinar cuál es la jurisdicción competente o la ley aplicable en caso de concurrencia simultanea de dos o más jurisdicciones o de dos o más leyes, en el espacio, que reclaman su observancia.
Bustamante, el ilustre jurista cubano, autor del Código de Derecho Internacional Privado, sanciones en la VI Conferencia Panamericana reunida en la Habana, en 1928, da la siguiente definición: “El Derecho internacional privado es el conjunto de principios que determinan los límites en el espacio de la competencia legislativa de los estados, cuando ha de aplicarse a relaciones jurídicas que pueden estar sometidas a más de una legislación”
Fuente: http: //facultad.pucp.edu.pe
El tema me parece muy interesante, me parece excelente que hayas tomado el tema de forma precisa, me ayudaste a entender que el derecho internacional privado es una rama del derecho diseñada para resolver conflictos de jurisdicción internacional; los conflictos de leyes aplicables y los conflictos de implementación determinan la condición jurídica de los extranjeros.
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